El Infonavit instrumentó un nuevo programa de
facilidades para que aquellos patrones que han tenido dificultades para
cumplir sus obligaciones fiscales en materia de vivienda, puedan
regularizar sus adeudos.
Se darán facilidades para cubrir las aportaciones
del 5%, considerando las actualizaciones y los recargos, así como los
recargos de las amortizaciones de los créditos otorgados a los
trabajadores. Estos adeudos podrán ser cubiertos en una sola exhibición
o en parcialidades.
1. Condonación de hasta el 50% de los recargos
generados y el 100% de la multa impuesta por adeudos correspondientes
al 6º bimestre de 2003 y anteriores.
2. Condonación de hasta el 25% de los recargos
generados y el 100% de la multa impuesta por adeudos generados entre el
1° y 6° bimestres de 2004.
3. Condonación de hasta el 100% de la multa
impuesta -atendiendo al mes de incorporación- por los adeudos
correspondientes a los bimestres comprendidos del 1º de 2005 al 6º de
2008.
Los adeudos de este último periodo se podrán regularizar atendiendo a lo siguiente:
a. Las aportaciones y sus accesorios, así como los
recargos generados por las amortizaciones, se podrán cubrir hasta en 48
parcialidades de un mismo monto, o
b. Parcialidades mensuales iguales, con pagos
anuales o semestrales, adecuando los mismos a la capacidad de pago del
patrón o a los periodos en que tiene mayores ingresos.
4. Condonación de cualquier gasto de ejecución
distinto al 2% de las diligencias de requerimiento de pago, embargo u
honorarios de intervención a caja.
5. Cuando se otorgue una autorización para pago en
parcialidades, el patrón podrá proponer la forma de garantizar el
interés fiscal, la cual incluso podrá ser la que se constituya mediante
obligación asumida por un tercero.
6. No revisión de los periodos regularizados
mediante el presente Programa de Apoyo a Patrones, excepto cuando se
trate de atender la queja presentada por algún trabajador
derechohabiente.
- No presentación de querellas, cuando de
la omisión de los importes sujetos a regularización se detectara la
comisión de un posible delito en materia fiscal.
7. Para obtener estos beneficios los patrones
deberán presentar ante las oficinas de la delegación del Infonavit más
cercana a su domicilio lo siguiente:
- Solicitud por escrito en que
identifique los periodos, conceptos e importes adeudados, así como la
forma en que cubrirá dichos importes.
- Indicar
la forma en que se desea regularizar sus adeudos (en una exhibición, en
parcialidades fijas, o fijas con semestralidades y/o anualidades.
- Si
se encuentra requerido, indicar el número de resolución o folio y los
períodos e importes correspondientes y copia de los requerimientos
correspondientes.
- Manifestación bajo
protesta de decir verdad que no se ha interpuesto medio de defensa por
los períodos a regularizar, y en su caso, exhibir copia sellada del
desistimiento, presentada ante autoridad competente.
- Acompañar
la información necesaria para la individualización de los importes, a
través de los formularios de pago vigentes en el período de omisión.
- No mantener adeudos ni requerimientos pendientes de atender
Los patrones que deseen obtener mayor información podrán acudir a la oficina del Infonavit más cercana a su domicilio.